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Cuando las leyes son nuestra peor puerta blindada Madrid

Cuando las leyes son nuestra peor puerta blindada Madrid

Aunque las leyes deben ser nuestra mejor puerta blindada, todos sabemos que muchas veces la legislación vigente no contempla todos los supuestos. Todos conocemos casos vistos en las noticias donde okupas han entrado en la vivienda de un particular y éste se ha visto incapaz de acceder a su vivienda, viéndose obligado a iniciar un litigio contra ellos donde destaca la larga duración del mismo y el elevado coste que implica. El movimiento okupa se inició como un movimiento ideológico que tomaba edificios públicos y la legislación con respecto a estos actos no ha sufrido modificaciones significativas desde 1996. El problema reside cuando muchas personas se aprovechan de las carencias de esta ley para acceder a viviendas particulares para tomarlas como vivienda propia. Esta última problemática, está provocando que muchos propietarios de segundas viviendas instalen las conocidas puertas blindadas para asegurarla.

Un proceso largo y costoso

La ley que se hace cargo de este tipo de actos se encuentra en la reforma del código penal de 1996. Anteriormente se basaba en que una ocupación era un acto de coacción, por lo que ante una denuncia de este tipo se abría un caso judicial largo y costoso y donde en ocasiones no tenía éxito teniendo en cuenta el estado del edificio o la función social para la que se utilizaba la ocupación. El proceso terminaba con el desalojo de la vivienda.

La reforma de 1996 surge a raíz del aumento del coste de la vivienda y la larga duración del proceso de denuncias, lo que aumentó significativamente el número de ocupaciones de viviendas particulares que no tenían una finalidad social (que es la base en la que se basaban las ocupaciones como movimiento social). Esta nueva reforma considera la ocupación como una usurpación, lo que acelera el proceso judicial considerablemente. La pega es que sigue sin considerar la ocupación como un delito grave, lo que implica que con el desalojo de la vivienda los jueces den el asunto como zanjado, teniendo el denunciante que asumir los costes del juicio y sin penas legales para el denunciado. En un intento de acelerar el procedimiento judicial, se ha denunciado la ocupación de viviendas privadas como allanamiento de morada o robo, cuyas sentencias no han sido diferentes de las anteriores.

En definitiva, el resultado es un proceso largo, costoso y con pocas repercusiones para quienes cometen la infracción.

¿Qué podemos hacer los cerrajeros profesionales al respecto?

Está claro que las leyes en este aspecto desfavorecen a propietarios particulares, cuya vivienda puede ser ocupada por terceros y se vea visto en un proceso judicial que en muchos casos no puede asumirse. Es por ello que los cerrajeros, como profesionales, debemos cumplir la Constitución e incluso tomar todas las vías legales para detectar y actuar frente a este tipo de delitos.

El artículo 18.2 de la Constitución dice que no podemos acceder a ninguna vivienda sin consentimiento de su propietario, salvo para casos de delito manifiesto. Es por ello que muchos de nuestros servicios pueden entrar en compromiso con este artículo, a lo que un cerrajero profesional debe actuar con profesionalidad para evitar este tipo de fraudes.

Vamos a poner un supuesto: Son las cuatro de la tarde del sábado, pleno agosto. Se te olvidan las llaves dentro del interior y recurres a Puertas blindadas Madrid para poder acceder a tu vivienda. ¿Cómo nos podemos asegurar que eres el propietario, y no alguien que quiere cometer un delito? ¿Cómo asegurarnos si los papeles que certifican que eres el propietario están dentro de la vivienda?

Cualquier cerrajero 24 horas debe certificar que eres el dueño del inmueble antes de realizar un servicio tal y como puede ser un cambio de cerradura o puerta blindada en Madrid. Para solucionar esta paradoja, los cerrajeros deben contar con la presencia de otros vecinos, el presidente de la comunidad e incluso de agentes de la policía si es necesario para certificar que el servicio que ofrecen es acorde a la normativa legal. Si un cerrajero no te pide la titularidad de tu vivienda, NO confíes.

Aunque sabemos lo delicado que puede resultar este tema, en Puertas Blindadas Madrid queremos informar de las vulnerabilidades que, a nuestro juicio, puede tener la legislación actual y sobre las prácticas que todo cerrajero profesional debe respectar para poder ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes y asegurar que no seamos una causa sino una solución a tal problema.